La estabilidad laboral para las personas que trabajan en la administración pública es una deuda pendiente, que afecta los derechos individuales y colectivos, la Constitución Nacional establece en su artículo 14 bis la garantía de la “estabilidad del empleado público”
A partir del año 2015 que se reanudaron en forma dinámica los llamados a concurso esta situación paulatinamente ha comenzado a mejorar, sin embargo la diferencia entre personal de planta permanente y el resto de los trabajadores aun es muy grande.
.jpg)
Hola Equipo! Perfecto. Recuerden sumar al Blog los puntos en común que encontraron entre la Carta Iberoamericana de la Función Pública, la de Innovación y su problemática de empleo.
ResponderBorrarSi pueden sumar alguna cita así veo si hay algún inconveniente con Normas Apa, mejor!
También tenemos Bibliografía propia de la Usal sobre estos temas:
https://www.upcndigital.org/~archivos/pdf/bibliotecavirtual/cdn/USAL.pdf
https://www.upcndigital.org/consejo-directivo/articulos/66128/
Lxs leo!
Buen trabajo! Cómo lo relacionarían con su problemática de empleo?
ResponderBorrarCoincido con todo lo que exponen!
ResponderBorrarEs muy importante este tema ya que afecta a la mayoría de lxs trabajadores.
ResponderBorrar